jueves, 10 de noviembre de 2016

SUBVENCIÓN A EMPRENDEDORES-2016




DESTINATARIOS: Personas Físicas o Jurídicas que hayan iniciado o vayan a iniciar una actividad económica -2016

Plazo de presentación hasta el 31 de Diciembre de 2016.

La subvención se destina a los gastos correspondientes a:

* Gastos de constitución
* Gastos de inmovilizado material o inmaterial

La cantidad de la Subvención será de 1.500 euros por cada actividad económica


Información general
Referencia: 51607
Convocatoria de subvenciones para la creación de empresas para el año 2016 en Castellar del Vallès
Organismo : Ayuntamiento de Castellar del Vallès
Sector : Empresas en general
Subsector : Empleo, Infraestructura
Administración : Administración Local
Ámbito geográfico
Comunidad Autónoma : Cataluña
Provincia : Barcelona
Información adicional
Tipo : Subvención
Destinatarios : Personas físicas o jurídicas que vayan a iniciar una actividad económica
Período de vigencia : 31 de diciembre de 2016
Plazo de solicitud : Hasta el 31 de diciembre de 2016
Referencias de la publicación
Anuncio 150113. Butlletí Oficial de la provincia de Barcelona número 8 de 14 de enero de 2016. (Convocatoria)
Anuncio 151216. Butlletí Oficial de la provincia de Barcelona número 246 de 28 de diciembre de 2015. (Bases reguladoras) 



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C/ Climent Humet 16 Bj
08181 Sentmenat
93 512 73 58
comercial@contadvice,com

ASESORÍA & CONSULTORÍA

miércoles, 26 de octubre de 2016

AYUDA PARA TRABAJADORES/AS AUTÓNOMOS



Si has emprendido un negocio en Barcelona como autónomo a partir del 1 de Enero de 2015, puedes beneficiarte del programa de ayuda del Ayuntamiento de Barcelona, a través de Barcelona Activa, con el objetivo de aliviar la carga de gastos que el autónomo / a debe asumir durante el primer año de actividad.


La cuantía de la subvención se calculará según los gastos justificados en el momento de la solicitud (excluido el IVA), a nombre de un único solicitante, y con los topes máximos de otorgamiento según la edad en la fecha de inicio de la actividad:

€ 3,600 personas de 31 a 39 años
€ 4.000 en caso de tener una edad igual o inferior a 30 años o igual o superior a 40 años

Gastos subvencionables:

Cuotas de la Seguridad Social
Impuestos relacionados con el inicio de la actividad económica y el primer establecimiento
Gastos de gestoría y asesoramiento
Alquileres de locales o despachos afectos fiscalmente a la actividad

 QUIEN PUEDE SOLICITAR LA SUBVENCIÓN?

Todas las personas empadronadas en la ciudad de Barcelona que hayan iniciado una nueva actividad económica como:

trabajadores y trabajadoras autónomas (empresarios y empresarias individuales)
nuevas personas socias de cooperativas de trabajo asociado
y que cumplan los siguientes requisitos:

Haber iniciado una nueva actividad económica a partir del día 1 de enero de 2015.
Alta fiscal en la ciudad de Barcelona como empresarios o empresarias individuales
Empadronamiento en la ciudad de Barcelona como mínimo tres meses antes del alta fiscal.
Encontrarse en situación de desempleo antes del inicio de la actividad.
No haber constado al RETA por la misma actividad en el año anterior a la fecha de alta.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
Personas socias de cooperativas de trabajo encuadradas en el RETA deberán cumplir las mismas condiciones.

LA FECHA LÍMITE  para solicitar esta ayuda es el 30 de Noviembre de 2016. 

Más información: Barcelona Activa

Oficina d'Atenció a les Empreses (OAE) 
Roc Boronat, 117 (entrada per Sancho d'Àvila). 
08018 Barcelona (Districte 22@ Barcelona)
Horari d'atenció al públic: 
De dilluns a dijous: De 8:30 a 18h 
Divendres: De 8:30 a 14:30h

Asesoría & Consultoria



93 512 73 58 / 620 678 101


INSPECCIÓN DE TRABAJO AUMENTARÁ LA VIGILANCIA CON EL REGISTRO DE JORNADA Y HORAS EXTRAS


Inspección de trabajo ha promovido una nueva campaña con el fin de aumentar la vigilancia y control sobre las empresas para detectar posibles infracciones.

Intensificará el control del cumplimiento de la normativa sobre tiempo de trabajo, en general, y de las horas extraordinarias en particular (máximo 80 horas al año), así como asegurar que se lleva a cabo la adecuada remuneración y cotización de las horas trabajadas vigilando la obligación de realizar el registro diario de la jornada siendo indiferente que estén contratados a jornada completa o a jornada parcial, dicho registro debe existir obligatoriamente en todas las empresas. 



Registro de Horas (de jornada) para todas las empresa y de todos los trabajadores, tengan contratos a tiempo parcial o a jornada completa.

 Aplicando lo establecido en el Real Decreto Ley 16/2013 de 20 diciembre sobre Medidas para Favorecer La Contratación Estable y Mejorar La Empleabilidad de los Trabajadores y más concretamente en el apartado 5.h del artículo 12 del ET (La Ley 1270/1995) que señala expresamente que la jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día.


Basándonos en el 35.5 Estatuto de los Trabajadores, ello supone llevar un registro de la jornada diaria de cada trabajador, esto es, anotar el momento de inicio y finalización de la misma así como, en su caso, los periodos no incluidos en ésta. Aunque la finalidad sea el control por parte de los trabajadores a jornada completa, de la realización de horas extraordinarias, no podemos olvidar que la obligación del registro de horas es para toda la plantilla de la empresa, da igual la jornada del trabajador, es para todos los trabajadores a tiempo completo y a tiempo parcial.

Todas aquellas empresas que aún no tienen el control de presencia, fichaje, deben de tener un registro manual escrito y firmado por cada uno de los trabajadores, en donde se recogen las horas de entrada y de salida diarias, y un resumen mensual que se debe de entregar a cada trabajador.

Resumimos brevemente, como debe de ser el registro de la jornada de trabajo tanto para un trabajador a tiempo parcial como uno a tiempo completo:

ü  Se registrará día a día

ü  Se totalizará mensualmente

ü  Se entregará copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias u horas extraordinarias.

ü  El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de 4 años.

ü  En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, para los trabajadores con contrato a tiempo parcial, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.



La Inspección de trabajo, está incrementado sus actuaciones, y está revisando la:

Ø  Existencia de registro de jornada y cuadrantes de trabajo

Ø  Actividad de la empresa y horario de funcionamiento

Ø  Plantilla, tipo de contratos, puestos de trabajo existentes, turnos, festivos trabajados

Ø  Correspondencia del número de trabajadores con los horarios

Ø  Pactos de distribución irregular de la jornada de trabajo y de horas complementarias

Ø  Revisión de contratos de trabajo, de registros de jornada y de nóminas.


Y en consecuencia, si se diese la falta de registros de jornada o por comprobación de jornada superior a la declarada, serían:

o   Levantamiento de Acta de Infracción RRLL ( artículo 7.5 LISOS)
o   Comunicación de variación de datos de contrato a TGSS ( con el porcentaje que corresponda a la realidad)

o   Cotización por las diferencias 





             
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martes, 10 de mayo de 2016

YA TENEMOS GANADOR DEL SORTEO SMARTBOX "FIRA DEL CARGOL"



Contadvice participó activamente en la " FIRA DEL CARGOL" de Sentmenat y sorteamos entre los asistentes un Smartbox. 

 Ya tenemos afortunado!! Que lo disfrutes, esperamos verte el año que viene !!

 



Y al resto de asistentes agradecerles su participación en el sorteo. Os esperamos en la próxima edición. 













Os recordamos que estamos a vuestra disposición en la oficina de reciente apertura en Sentmenat, situada en la Calle Climent Humet 16 Bj,  para cualquier consulta 93 512 73 58

viernes, 29 de abril de 2016

CONTADVICE EN LA FIRA DEL CARGOL

SORTEAREMOS UN SMARTBOX 





CONTADVICE estará en la FIRA DEL CARGOL DE SENTMENAT y sortearemos un SMARTBOX entre los asistentes. 

El Sorteo se celebrará el Domingo 8 de Mayo en el mismo stand, el ganador podrá recoger su premio en nuestras oficinas ubicadas en C/ Climet Humet 16 Bj de Sentmenat

Anunciaremos el ganador en nuestro   blog Contadvice y Facebook



MANUALIDADES PARA LOS NIÑOS


CONTADVICE realizará manualidades para los más pequeños, donde podrán pasar un buen rato y sacar su vena artística.  

No te lo puedes perder !!!

FIRA DEL CARGOL DE SENTMENAT




Sentmenat celebra la 5ª edición de la "Fira del cargol" los próximos 7 y 8 de Mayo.

Se inaugura el Sábado a las 16:00 h y permanecerá hasta el Domingo por la tarde.

Este año como novedad la feria se celebrará en la Plaza del ayuntamiento.

Podrás disfrutar de una infinidad de actividades para mayores y niños, como talleres, concurso de fotografía, actividades esportivas, manualidades, inflables , juegos gigantes y la noche del sábado cine infantil al aire libre, con el objetivo que todo el mundo disfrute de la feria.
No te lo puedes perder!!




miércoles, 6 de abril de 2016

EMPIEZA LA CAMPAÑA DE RENTA 2015



EMPIEZA LA CAMPAÑA DE RENTA 2015

                                              6 de Abril a 30 de Junio


 
 
 
Hoy, 6 de Abril ha comenzado la campaña de Renta 2015. 
Para realizar la declaración este año hay que tener en cuenta muchas novedades después de la reforma fiscal.  Teniendo en cuenta los numerosos cambios normativos e informáticos (RENTA WEB), es normal que puedan surgir dudas a la hora de confirmar el borrador o confeccionar la declaración de Renta. Por ello,  Contadvice se pone a su disposición para informarle de las posibles bonificaciones o deducciones que pudiese tener.
 
Solicítenos información sin compromiso!!
 
 
 
 
 
 
 

miércoles, 16 de marzo de 2016

NUEVOS CAMBIOS PARA LA PRESENTACIÓN RENTA 2015- RENTA WEB



NUEVOS CAMBIOS PARA LA PRESENTACIÓN RENTA 2015
 RENTA WEB
 

El nuevo sistema de Hacienda RENTA WEB, sustituirá al borrador de la Renta.

El acceso al nuevo sistema RENTA WEB  será similar al que venía siendo hasta ahora en el portal de AEAT. La principal novedad es que la puerta de entrada será un icono identificativo de Renta Web y no el icono de solicitud del borrador de la Declaración. Una vez dentro, para la identificación del usuario es necesario el login mediante tres vías que ya existían:

·              Certificado electrónico de indentificación o DNI electrónico.
·              Cl@ve PIN
·              Número de Referencia

El propio número de referencia del borrador y la declaración sufrirá cambios, ya que dejará de estar vinculado a un número de expediente, de forma que será personal y no generará automáticamente ni el borrador ni los datos fiscales. Además, dejará de ser una referencia única.
QUIENES PUEDEN USAR RENTA WEB
En la Renta 2015 online Hacienda distinguirá tres tipos de perfiles y sólo dos podrán acceder a renta web. Se trata de los siguientes:
* Perfil inmediato Renta Web: contribuyentes que sólo están pendientes de confirmar el borrador.
* Perfil paso a paso Renta web: contribuyentes con rentas del trabajo que necesitan aportar más información antes de poder confirmar el borrador
* Perfil programa PADRE: contribuyentes con rentas procedentes de actividades económicas, como son los autónomos o los trabajadores freelance.
 
 
CUANDO EMPIEZA LA CAMPAÑA DE RENTA
la campaña de RENTA empieza a partir del próximo 6 de Abril y finaliza el 30 de Junio.
El 10 de Mayo comienza la presentación de la declaración de la renta de manera presencial, en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la Agencia Tributaria del borrador y la declaración anual.  
También hay que tener en cuenta que si la declaración es a ingresar con domiciliación en cuenta la fecha límite es el 24 de Junio.
OBLIGACION DE DECLARAR
Rendimientos (o ingresos) íntegros del trabajo:
Cuando superen 22.000 euros anuales si proceden de un solo pagador
Cuando superen 12.000 euros anuales en los siguientes supuestos:
-procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen en su conjunto la cantidad de 1500 euros anuales.
-Se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos diferentes de las percibidas de los padres, en virtud de decisión judicial.
-El pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener
-Los ingresos del trabajo estén sujetos atipo fijo de retención
2.-Rendimientos íntegros del capital mobiliario (como por ejemplo, intereses de c/c depósitos, etc) y ganancias patrimoniales (fondos de inversión...) sometidos a retención o ingreso a cuenta: cuando superen conjuntamente 1600 euros anuales.
 3.- Rentas inmobiliarias imputadas (inmuebles no arrendados), rendimientos derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial precio tasado: cuando superen conjuntamente 1.000 euros anuales.
 
Si necesita asesoramiento para confeccionar su declaración de Renta 2015 póngase en contacto con nosotros, nuestros asesores le informarán de las posibles deducciones y bonificaciones que pueda tener.
Confección y presentación RENTA WEB: 18 euros + IVA
Confección y presentación RENTA: 35 euros + IVA
(Servicio presencial y online)
INFÓRMESE SIN COMPROMISO
C/Climent Humet 16, Bj
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620 678 101
 
 

jueves, 10 de marzo de 2016

SUBVENCIÓN PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS EN CASTELLAR DEL VALLÈS







SUBVENCIÓN PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS EN CASTELLAR DEL VALLÈS


Información general
Referencia: 51607
Convocatoria de subvenciones para la creación de empresas para el año 2016 en Castellar del Vallès
Organismo : Ayuntamiento de Castellar del Vallès
Sector : Empresas en general
Subsector : Empleo, Infraestructura
Administración : Administración Local
Ámbito geográfico
Comunidad Autónoma : Cataluña
Provincia : Barcelona
Información adicional
Tipo : Subvención
Destinatarios : Personas físicas o jurídicas que vayan a iniciar una actividad económica
Período de vigencia : 31 de diciembre de 2016
Plazo de solicitud : Hasta el 31 de diciembre de 2016
Referencias de la publicación
Anuncio 150113. Butlletí Oficial de la provincia de Barcelona número 8 de 14 de enero de 2016. (Convocatoria)
Anuncio 151216. Butlletí Oficial de la provincia de Barcelona número 246 de 28 de diciembre de 2015. (Bases reguladoras)

MÁS INFORMACIÓN- SUBVENCIONES EMPRESAS- BOPB

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SUBVENCIÓN EMPRESAS Y AUTÓNOMOS PARA FOMENTAR O MEJORAR LAS CONTRATACIONES VALLIRANA





SUBVENCIÓN VALLIRANA- FOMENTAR O MEJORAR LA CONTRATACIÓN


Información general
Referencia: 51868
Bases reguladoras específicas de la subvención para el fomento y la ocupación de la actividad económica en Vallirana para el año 2016. Línea 1. Subvención a empresas y autónomos para fomentar o mejorar las contrataciones laborales
Organismo : Ayuntamiento de Vallirana
Sector : Empresas en general
Subsector : Empleo
Administración : Administración Local
Ámbito geográfico
Comunidad Autónoma : Cataluña
Provincia : Barcelona
Información adicional
Tipo : Subvención
Destinatarios : Empresas y autónomos, entidades sin ánimo de lucro
Período de vigencia : 30 de noviembre de 2016
Plazo de solicitud : Hasta el 30 de noviembre de 2016
Referencias de la publicación
Edicto 160204. Butlletí Oficial de la provincia de Barcelona número 38 de 26 de febrero de 2016. (Convocatoria)



MÁS INFORMACIÓN- AYUDAS E INCENTIVOS- BOPB

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