lunes, 4 de marzo de 2013

Los parados que abran un negocio con el paro tendrán que mantenerlo cinco años para estar exentos del IRPF

Los parados que abran un negocio con el paro tendrán que mantenerlo cinco años para estar exentos del IRPF

 
Los autónomos que inicien un negocio disfrutarán de una rebaja del 20% en la tributación de rendimientos netos de hasta 100.000 euros al año
   
Los desempleados que decidan establecerse como autónomos y perciban la prestación por desempleo como pago único quedarán totalmente exentos de tributar en el IRPF por esta compensación, frente a los 15.500 euros de exención que tienen en la actualidad, siempre que mantengan el negocio durante cinco años, según el real decreto-ley de medidas de apoyo al emprendimiento, que aprobó este viernes el Gobierno.
La decreto establece que esta exención en el IRPF se podrá aplicar tanto a la apertura de un nuevo negocio que permanezca en funcionamiento, al menos, durante cinco años, o cuando el dinero de la prestación por desempleo se destine a una sociedad laboral, cooperativa de trabajo o al capital social de una entidad mercantil, siempre y cuando esta aportación se mantenga también durante cinco años como mínimo.
Tanto esta exención fiscal como las otras dos rebajas de impuestos incluidas en el real decreto-ley para los autónomos y empresas de nueva creación entran en vigor, con carácter retroactivo, desde el pasado 1 de enero de 2013.
En el caso de las nuevas empresas que se constituyan, durante los dos primeros años con resultado positivo tributarán en el Impuesto de Sociedades al tipo reducido del 15% hasta los primeros 300.000 euros de base imponible y el resto, al 20%; mientras que los autónomos que inicien ahora un negocio disfrutarán de una reducción del 20% de la tributación de sus rendimientos netos en el método de estimación objetiva, también durante los dos primeros años con beneficios.
Esta reducción se aplicará sólo a las cuantías de rendimientos netos que no superen los 100.000 euros anuales. Además, no se aplicará en el periodo impositivo en el que más del 50% de los ingresos del mismo procedan de una persona o entidad de la que el contribuyente haya obtenido rendimientos del trabajo en el año anterior a la fecha de inicio de la actividad.
Se entenderá que se inicia una actividad económica siempre que no se haya ejercido otra actividad en el año anterior a la fecha de inicio de la misma, aunque no se tendrán en cuenta las actividades en cuyo ejercicio se haya cesado sin haber llegado a obtener rendimientos netos positivos desde su inicio

EUROPA PRESS seguir leyendo

 

Pymes y autónomos no pagarán en 2014 el IVA de facturas no cobradas

Pymes y autónomos no pagarán en 2014 el IVA de facturas no cobradas

 
Es una medida "voluntaria", pero si el empresario se acoge a ella tendrá que aplicarla en operaciones con las administraciones públicas y con el sector privado.
  • Tiene un único requisito material: que la facturación de las empresas sea inferior a los 2 millones de euros al año.
  • Esta fórmula se ha implantado en Austria e Italia con un modelo muy similar.
  • El proyecto de ley, que previsiblemente se aprobará en marzo, incluirá incentivos fiscales a la I+D+i.

El pago del IVA por parte de pymes y autónomos sólo de las facturas cobradas, que el Gobierno pondrá en marcha a partir de 2014, se aplicará tanto a las operaciones con las administraciones públicas como con el sector privado.
El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, ha explicado que esta medida será una "opción voluntaria", pero que si el empresario se acoge a ella tendrá que aplicarla a todas sus operaciones.
El proyecto requiere de procedimientos formales con la Comisión Europea, a la que hay que remitir este cambio en la operativa del IVA La medida estará incluida dentro de un proyecto de ley que Ferre espera que sea aprobado antes de que acabe marzo, aunque no entrará en vigor hasta 2014, ya que requiere de procedimientos formales con la Comisión Europea a la que hay que remitir este cambio en la operativa del IVA.

Incentivos fiscales

Según ha avanzado, el mismo proyecto de ley incluirá además incentivos a la I+D+i, de tal forma que parte del gasto que se destine a este fin podrá ser recuperado cuando la empresa no pueda beneficiarse de la deducción fiscal asociada a estas inversiones.
Ferre ha explicado que en estos casos las empresas podrán solicitar la devolución de la deducción por el gasto realizado, con una tasa de descuento, cantidad que les será reembolsada en un plazo máximo de dos años. "Se trata de no perjudicar el nivel de inversión en I+D+i, básico en la recuperación de la actividad", ha aseverado.
Habrá deducciones en el IRPF para aquellos inversores que apuesten por proyectos de capital riesgo "informal" Junto a este incentivo fiscal, que Ferre cree que podría estar en vigor en junio o julio, el Gobierno también aprobará deducciones en las cuotas del Impuesto de Sociedades para aquellas compañías que reinviertan sus beneficios en inmovilizado material, como maquinaria o inmuebles para instalaciones, con el fin de "reforzar" la capitalización de esa empresa.
Para impulsar una vía alternativa de financiación para las pymes, que no sea la bancaria, Ferre ha señalado que habrá deducciones en el IRPF para aquellos inversores que apuesten por proyectos de capital riesgo "informal" —los denominados "business angels"—.
Además, parte de la rentabilidad obtenida con estas inversiones estará eximida de IRPF, siempre y cuando se vuelva a reinvertir en otro proyecto nuevo

.http://www.20minutos.es