viernes, 20 de diciembre de 2013

El Gobierno aprobará hoy el anteproyecto de la ley de mutuas y el plan de garantía juvenil

El Gobierno aprobará hoy el anteproyecto de la ley de mutuas y el plan de garantía juvenil


El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar hoy el anteproyecto de ley de mutuas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales y el plan de garantía juvenil, con el que se pretende ofrecer oportunidades a los jóvenes menores de 25 años que ni estudian, ni trabajan ni reciben formación (la llamada generación 'ni-ni').

   El anteproyecto de ley de mutuas, por su parte, tiene entre sus objetivos ayudar en la lucha contra el absentismo laboral injustificado y facilitar el cobro de la prestación por cese de actividad a los autónomos que hayan cotizado para obtener la misma.
   Según datos facilitados recientemente por la ministra de Empleo, Fátima Báñez, en España se pierden al año por absentismo una media de 11,4 días por trabajador, frente a los 8,4 días que se pierden en Finlandia, los siete que se pierden en Dinamarca, los 6,8 días de Canadá o los 4,9 días de Estados Unidos.
   Otro de los objetivos de la ley de mutuas será el de facilitar el cobro de la prestación por cese de actividad de los autónomos, prestación que gestionan las mutuas, debido a que se deniegan muchas de las solicitudes que efectúan los trabajadores por cuenta propia.
   La nueva regulación, que el Gobierno quiere tener aprobada antes de julio de 2014, modernizará el funcionamiento y gestión de las mutuas, garantizando la transparencia y eficacia, al tiempo que contribuirá a la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social.

PLAN DE GARANTÍA JUVENIL.

      Este plan, que permitirá acceder a los fondos que prevé la 'Iniciativa de Empleo Juvenil', instrumenta la puesta en marcha de la recomendación del Consejo Europeo del pasado mes de abril para garantizar que todos los jóvenes menores de 25 años que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación, reciban una oferta de empleo de calidad, educación continua, formación de aprendiz o un periodo de prácticas en un plazo de cuatro meses tras acabar la educación formal o quedar desempleados.
   La 'Iniciativa de Empleo Juvenil' es una herramienta financiera para favorecer el cumplimiento de la Garantía a disposición de las regiones europeas con tasas de desempleo juvenil por encima del 25%. El plan se construye sobre la base ya establecida por la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, presentada el pasado mes de febrero.

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL Y SIMPLIFICACIÓN DE FORMULARIOS.

   Por otro lado, el Consejo de Ministros también podría aprobar hoy una serie de incentivos para impulsar la contratación de tiempo parcial, así como una simplificación de los formularios de contratación, de los 42 existentes a no más de cuatro, todo ello para tratar de generar más empleo.

   El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ya avanzó a principios de noviembre la ampliación a los trabajadores a tiempo parcial el uso del contrato de apoyo a emprendedores para facilitar así la contratación indefinida.

   Si bien, los empresarios también han puesto sobre la mesa la necesidad de flexibilizar el uso de las horas complementarias, aquellas pactadas entre trabajador y empresa, que no pueden exceder el 15% de la jornada, después de que la reforma laboral abriera la posibilidad de realizar horas extraordinarias dentro de esta modalidad de contrato.

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Competencia ve inválida la subasta eléctrica por concurrir "circunstancias atípicas"

Competencia ve inválida la subasta eléctrica por concurrir "circunstancias atípicas"


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido que no procede validar la subasta eléctrica celebrada este jueves "ante la concurrencia de circunstancias atípicas en el desarrollo de la misma y en un contexto de precios elevados en el mercado diario durante las semanas previas".
   Competencia explica en un comunicado que ha informado de este pronunciamiento a las 4:15 horas de este viernes a la Secretaría de Estado de la Energía y al Operador del Mercado Ibérico Español (OMIE), organismo encargado de trasladarlo a los agentes participantes en la subasta.
   Según han explicado a Europa Press fuentes del 'superregulador', la CNMC no tiene potestad para anular la subasta, pero considera que, tras analizar los datos, ésta no reunió las condiciones necesarias para considerarse válida.
   Así se lo ha comunicado a la Secretaría de Estado de Energía, que deberá decidir ahora si anula o no la subasta eléctrica del jueves, que podría traducirse en un incremento de la factura de la luz de más del 11% a partir de enero.
   El Ministerio de Industria y Energía solicitó este jueves formalmente la apertura de una investigación a la CNMC para analizar la subasta eléctrica de ayer, al considerar que su resultado era "inaceptable" y que podrían haberse dado movimientos que vulnerasen la competencia.
   El informe de la CNMC debía recibirse en 24 horas y en Competencia han estado trabajando hasta la madrugada. El 'superregulador' ha asegurado que hará público un informe detallando los motivos que justifican su decisión.
   El pasado 10 de diciembre, la Sala de Supervisión Regulatoria del 'superregulador' había iniciado un proceso de información previa para analizar los movimientos inusuales que se estaban produciendo en la fijación de precios del mercado mayorista.
   La CNMC recuerda que desde hace cuatro años viene realizando propuestas de mejora del esquema de subasta.
   El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, afirmó este jueves que trataría de corregir la posible subida de la luz del 11,5% en enero. "Vamos a intentar arreglarlo", aseguró al término de la primera jornada del Consejo Europeo.

EUROPA PRESS

Hacienda ingresará 188 millones con el 'Gordo' de la Navidad

Hacienda ingresará 188 millones con el 'Gordo' de la Navidad


El sorteo de la Lotería Nacional que se celebra cada año el 22 de diciembre con motivo de la Navidad aportará este ejercicio a las arcas públicas hasta 188 millones de euros en el caso de que todos los décimos premiados resulten vendidos, dado que es el primer año en el que los premios desde 2.500 euros tendrán una retención fiscal del 20%, según las estimaciones de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).

   Este sorteo supone el 27% de todos los ingresos de Loterías y Apuestas del Estado en un año, ingresos que este año se elevarán de forma considerable gracias al nuevo Impuesto de Loterías en vigor desde este año y que apenas logró recaudar 207 millones de euros hasta octubre, lo que supone unos ingresos de sólo 20,7 millones mensuales.
   El resultado hasta octubre, indica Gestha, está muy lejos de los 824 millones de euros previstos por el Gobierno para todo el ejercicio, una cantidad que será muy difícil de alcanzar a pesar del "importante empuje del 'Gordo' de Navidad".
   De esta forma, los técnicos de Hacienda estiman que la recaudación final del Impuesto de Loterías al cierre de 2013 se situará en un máximo de 435 millones de euros, la mitad de lo esperado por el Ejecutivo, incluyendo también lo recaudado por el resto de premios en estos últimos meses de noviembre y diciembre (40 millones de euros).
   Gestha recuerda que este tributo se aplicará a la parte del premio que exceda los 2.500 euros, es decir, que si el premio obtenido fuera de 6.000 euros por un décimo, la cantidad afectada por el tributo sería 3.500 euros y Hacienda ingresaría 700 euros, el 20%.

INGRESO DEL PREMIO CON RETENCIÓN.

   La retención la practicará directamente Loterías y Apuestas del Estado, por lo que el agraciado recibirá el importe del premio con el impuesto ya aplicado y sólo tendrá que preocuparse de tributar por los rendimientos que genere, como los intereses bancarios o, en su caso, por el Impuesto de Patrimonio.
   Otra consideración importante a tener en cuenta para aquellos que resulten agraciados es que la cuantía de los premios se integrará en la declaración de la renta, pero no se incluirá en la base imponible del IRPF, por lo que no les afectará a la hora de pedir una beca, prestaciones asistenciales o no contributivas o cualquier otra ayuda pública.
   Por último, los técnicos de Hacienda advierten un año más del "engaño manifiesto" que supone la reventa de décimos premiados a posibles defraudadores interesados en blanquear dinero negro, ya que los agraciados difícilmente podrán acreditar el origen de estos fondos ante Hacienda, pudiendo terminar con un acta de inspección que supere, entre la deuda y la sanción, más de la mitad del importe ganado.

EUROPA PRESS

Las comunidades se quedarán íntegramente los 1.082 millones que recaudarán por Patrimonio en 2013

Las comunidades se quedarán íntegramente los 1.082 millones que recaudarán por Patrimonio en 2013

Las comunidades autónomas se quedarán íntegramente los 604 millones que recaudaron en 2012 por el Impuesto de Patrimonio y los 1.082 millones que esperan recaudar este año, después de que el Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) haya aprobado que las regiones puedan ingresar este impuesto sin deducirlo de los pagos realizados por la AEAT.

   Así y tal como ha explicado el secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta, en la rueda de prensa posterior al CPFF, las comunidades contarán con la compensación anual que se da desde el año 2009 por la supresión de este impuesto (2.100 millones) más lo que recaude cada una.

   Sólo la Comunidad de Madrid ha votado en contra de esta propuesta del Gobierno, puesto que es la única comunidad que mantiene bonificado el 100% del impuesto y que, por tanto, no se verá beneficiada por esta medida. Madrid había propuesto que la cifra global recaudada se repartiera entre todas las comunidades, pero el Gobierno ha descartado esta opción.

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Asesores fiscales recomiendan indentificar a las personas con quienes se comparta un décimo premiado

Asesores fiscales recomiendan indentificar a las personas con quienes se comparta un décimo premiado

La Asociación de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget) ha recomendado a quienes compartan un décimo de lotería premiado con otras personas que las identifiquen a la hora de cobrar dicho premio para que el reparto del mismo con el resto de premiados no se considere una donación y se grave también con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
   En un comunicado, Asefiget recuerda que es el primer año en el que el Ministerio de Hacienda aplicará una retención del 20% a los premios de más de 2.500 euros, que hasta ahora estaban exentos de tributación. Por ello, aconseja que los décimos premiados se cobren a través de las entidades bancarias y que en el propio banco se identifique con nombre, apellidos y DNI a cada una de las personas con quienes se ha compartido el décimo afortunado.
   De esta manera, será la entidad bancaria la encargada de facilitar a la Agencia Tributaria dicha información, con carácter obligatorio desde este año. Por su parte, la persona que compró el décimo cobrará el premio en el banco con la retención tributaria ya aplicada --por lo que no tendrá que declararlo en la renta-- y después lo repartirá entre los afortunados ya libre de cargas.
   Asefiget insiste en que el peligro de no dar los datos identificativos de la lista de premiados en el banco es que no lleguen adecuadamente a la Agencia Tributaria. En ese caso, el comprador del décimo lo cobrará en el banco (con la retención igualmente aplicada de antemano), pero a la hora de repartirlo entre las personas con las que compartía dicho décimo, la entrega se podría considerar una donación y, por tanto, gravarse con el Impuesto de Donaciones.

Europa press

viernes, 20 de septiembre de 2013

Ventajas y desventajas para los autónomos de aplicar el nuevo IVA con criterio de caja

Ventajas y desventajas para los autónomos de aplicar el nuevo IVA con criterio de caja

Aplicación del IVA con criterio de caja, una medida que entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2014 y gracias a la cual, tanto las pymes con una facturación menor de 2 millones de euros anuales como los autónomos no sujetos al régimen de módulos, podrán elegir si deciden adelantar o no a Hacienda el IVA de las facturas.
Una propuesta que afecta a todas las actividades del sujeto pasivo, a excepción de algunas operaciones intracomunitarias, y que ciertamente puede solventar los problemas de liquidez de muchos autónomos y emprendedores que acusan elevadas tasas de morosidad y retrasos en el pago de facturas.
Hasta ahora, las pymes y autónomos que se veían obligados a adelantar el IVA de facturas impagadas podían solicitar un aplazamiento de la deuda si ésta era inferior a 18.000 euros y con un interés del 5% o recuperar el IVA de las facturas impagadas con una antigüedad superior a 6 meses enviando una factura rectificativa tanto a la Agencia Tributaria como al cliente.
Con la nueva medida, cabe la posibilidad de no pagar el IVA hasta que las facturas no hayan sido cobradas, pero trae aparejada una letra pequeña que es conveniente estudiar antes de determinar si es lo más aconsejable para nuestro negocio.
Según explicó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, la medida está pensada para evitar “incentivar retrasos en el pago de las propias obligaciones”, esto es, las pymes y autónomos que se acojan de forma voluntaria a éste régimen del IVA tendrán que retrasar la deducción del IVA de los gastos hasta el momento en el que abonen las facturas de sus proveedores. ”Un sistema de ‘doble caja’ en el que se premia al cumplidor”.
En este sentido, el carácter voluntario de la medida puede tener otra contrapartida, ya que al adoptarla, obligaremos a hacerlo también a nuestros clientes, que tampoco podrán deducirse su IVA hasta que no abonen nuestra factura, por lo que podrían desestimar trabajar con nosotros. Aunque, si éste se trata de una Admistración Pública, puede resultarnos tremendamente beneficioso.
Por otro lado, esto obligaría a presentar el modelo 340, tanto a los que se acojan a la medida como a los que no. ¿Qué significa ésto? Que además del tradicional registro de facturas emitidas y recibidas, se deberá informar a Hacienda de los cobros y pagos de las mismas mediante este modelo, que complementa a la declaración trimestral del IVA. Ésto, unido a lo anterior, supondría una mayor complejidad contable y carga administrativa para pymes y autónomos, así como un incremento del control fiscal por parte de Hacienda.
Finalmente, aquellos que se acojan a éste régimen, deberán permanecer en él durante al menos dos años y, además, tendrán prioridad de entrada aquellos que trabajen para la Administración.

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¿Cuáles son las medidas de la Ley de Emprendedores que supondrán un verdadero impulso para el colectivo de autónomos?

¿Cuáles son las medidas de la Ley de Emprendedores que supondrán un verdadero impulso para el colectivo de autónomos?

- Entre todas las nuevas medidas hay una que, sin duda, ha acaparado la atención de los emprendedores: la tarifa plana de 50 euros para nuevos autónomos sin límite de edad. Una iniciativa destinada a incentivar la puesta en marcha de nuevas empresas, pero que ha suscitado el recelo de algunos, tildando a la medida de “parche” que no soluciona los verdaderos problemas de liquidez del colectivo.
De ésta forma, aquellos que se den de alta como autónomos por primera vez o que no hubieran estado en situación de alta durante los últimos cinco años podrán disfrutar de una bonificación del 80% en la cuota a la Seguridad Social durante un periodo de 6 meses.También se establecen reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para las personas con discapacidad que se establezcan como trabajadores por cuenta propia.Por otro lado, la cotización aplicable a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos en los casos de pluriactividad con jornada laboral a tiempo completo o a tiempo parcial superior al 50 por ciento podrán elegir una base de cotización comprendida entre el 50 y el 85 por ciento de la base mínima vigente en ese momento, dependiendo del caso.

- Otra de las medidas estrella con la que arranca la ley es la Aplicación del IVA con criterio de Caja, que ha visto ampliado su campo de actuación tras la inclusión del IGIC (Impuesto canario). De ésta forma, los emprendedores que de forma voluntaria decidan acogerse a éste régimen especial, no deberán adelantar a Hacienda el IVA de las facturas no cobradas hasta que reciban el importe de la misma o hasta el 31 de diciembre del año inmediatamente posterior, aunque tampoco podrán deducírselo hasta que no abonen sus facturas pendientes.

- Creación de Sociedad Limitada de Formación Sucesiva: Una nueva fórmula societaria que permite la creación de una Sociedad Limitada con un desembolso menor en el capital inicial, permitiendo cumplimentar éste con la aportación de forma sucesiva del 20% de los beneficios. Hasta este momento, el capital social que había que desembolsar para la creación de una S.L. era de 3.000 euros, una aportación que debía hacerse de forma íntegra desde el momento inicial.

- Creación de la figura del emprendedor de Responsabilidad Limitada, una iniciativa gracias a la cual el empresario no responderá con sus bienes sus deudas empresariales, pero que ha sufrido recortes respecto a su formulación inicial y que queda acotada a la vivienda habitual hasta 300.000 euros y no se aplicará ni a las deudas con las administraciones públicas (fundamentalmente Hacienda y Seguridad Social) ni con los bancos.

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